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IGV 10% y 18 % para Hoteles y Restaurantes Perú

Modificado el Mar, 14 Nov, 2023 a 11:28 A. M.

IGV 10%

Destinado a las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, con la finalidad de apoyar la reactivación en este sector económico como consecuencia de la pandemia por COVID 19.

  • Tasa especial y temporal del IGV, denominado "8% del IGV para rescatar el empleo", cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan, por lo menos, el setenta por ciento (70 %) de sus ingresos.

  • Acceden solo las micro y pequeñas empresas afectas al IGV, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del D.S. 013-2013-PRODUCE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. 

  • No están comprendidas las que tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros. 

  • La tasa del IGV se compone del 8% + 2% de IPM = 10% IGV. 

La referida Ley entra en vigencia desde el 01.09.2022 hasta el 31 de diciembre del 2024. Las normas reglamentarias serán emitidas en un plazo no mayor a sesenta (60) días.

Ejemplo desde el Archivo *json

Tasa de Impuesto a nivel Total del documento

Tasa de Impuesto a nivel de Item 


UBL IGV a nivel de la Factura 


UBL IGV a nivel de Item 



IGV 18%

El Impuesto General a las Ventas (IGV) es un impuesto que pagamos todos los ciudadanos al realizar una adquisición, es decir se cobra en la compra final del bien o servicio. La tasa es del 18%, se aplica el 16% al IGV y un 2% al Impuesto de Promoción Municipal. 

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