El rechazo con código LGC15 indica que No es posible la transmisión de una nota crédito, por cuanto la factura ya se encuentra aceptada. Se sugiere revisar el Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta – Versión 1.8 Numeral 6.5.5.7. Documento electrónico tipo ApplicationResponse - Aceptación Tácita, el cual menciona que una vez exista una aceptación Expresa o aceptación Tácita No se pueden expedir notas crédito o débito una vez generado estos eventos.
Es por está razón que la DIAN rechaza dichos documentos. Si aún el emisor desea bajo su autonomía transmitir el documento (Nota Crédito/Débito) o devolución de mercancía cliente con nuevo documento sin referencia de factura ni prefijo relacionado, indicando motivo 7 Nota Crédito sin referencia a facturas para notas crédito y motivo 5 Nota Débito sin referencia a facturas para notas débito
Anexo DIAN
Nota: revisar en la DIAN los eventos mercantiles que presenta la factura referenciada.
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